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CÁLCULO

DE PRESTACIONES

Y DERECHOS ADQUIRIDOS

Datos del solicitante
Selección de fechas

Seleccione el período

Seleccione el tipo de cálculo

Jornada ordinaria es la ejecutada por trabajadores dentro de un período que no exceda de ocho (8) horas al día ni de cuarenta y cuatro (44) a la semana.

Referencias: Art. 147 del Código de Trabajo.  
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Salarios Comisiones Totales Completar
Sumatoria de los salarios Salario promedio mensual Salario promedio diario
RD$0.00 RD$0.00 RD$0.00
  • ¿Ha sido usted pre-avisado?

    RD$0.00
  • ¿Desea incluir cesantía?

    Art. 80 C.T. antes 1992.:
    RD$0.00
    Art. 80 C.T. después 1992.:
    RD$0.00
  • ¿Ha tomado las vacaciones correspondientes al último año?

    RD$0.00
  • RD$0.00
  • ¿Incluir salario de navidad?

    RD$0.00
  • Total a Recibir.:
    RD$0.00